El español, lengua española o castellano, se habla en las 32 entidades federativas de México y es su lengua más hablada: 109 millones la utilizan como primera lengua y 7 millones 460 mil lo hacen como...

La Constitución

En la Constitución se nombra o denomina a nuestro país como Estados Unidos Mexicanos; nosotros lo nombramos comúnmente como México o República Mexicana.

La Constitución es la ley más importante que hemos escrito los mexicanos a lo largo de nuestra historia.

Nos dice cómo debemos comportarnos, vivir juntos en nuestro territorio y encontrar soluciones a nuestros problemas y, también, la manera como debe funcionar nuestro gobierno; es decir, nos dice qué derechos y obligaciones tenemos como mexicanos.

Art. 1º

En la Constitución se establece que los mexicanos somos libres y que podemos decidir cómo queremos que nos gobiernen, así como nuestra independencia de otros países. Por eso decimos que la soberanía está en el pueblo.

En nuestra Constitución se reconocen los derechos más importantes que tenemos los mexicanos. También se llaman derechos humanos fundamentales. Fundamentales: indispensables.

La nación mexicana es la dueña original de las tierras y aguas que hay en nuestro territorio. Todos somos responsables de la riqueza natural de nuestro país y del equilibrio ecológico.

Un ejemplo de ello es que las personas podemos tener propiedades y usarlas en beneficio propio y de los demás.

Pero hay actividades económicas a las que no pueden dedicarse las personas, como hacer monedas y billetes, o extraer petróleo. Ésas sólo le corresponden al gobierno mexicano.

Arts. 1º, 27, 29, 39 y 40

México es una nación formada por muchas culturas, es pluricultural.

Nuestra nación está sustentada originalmente en los pueblos indígenas. El Estado mexicano debe proteger y fomentar sus lenguas, costumbres y tradiciones.

Por eso los pueblos y comunidades indígenas tienen derecho a:

  • Decidir sus formas de convivencia y organización social, económica, política y cultural.

  • Aplicar sus propios sistemas para solucionar sus conflictos internos, respetando las garantías y los derechos humanos.

  • Elegir a sus autoridades tradicionales.

  • Preservar y enriquecer sus lenguas, conocimientos y todo lo que constituya su cultura e identidad.

  • Conservar y mejorar el medio ambiente y preservar la integridad de sus tierras.

  • Acceder a las formas de propiedad de la tierra establecidas en la Constitución.

  • Acceder al uso preferente de los recursos naturales de los lugares que habitan, salvo los de áreas estratégicas.

  • Elegir, en los municipios con población indígena, representantes ante los Ayuntamientos.

  • Que en todos los juicios y procedimientos se tomen en cuenta sus costumbres y cultura, y ser asistidos por intérpretes y defensores que tengan conocimientos de su lengua y cultura.

Para que los pueblos y comunidades indígenas puedan ejercer sus derechos, es necesario que el Gobierno:

  • Impulse el desarrollo regional de las comunidades indígenas.

  • Garantice que los niños y las niñas indígenas tengan acceso a una educación bilingüe e intercultural.

  • Asegure el acceso a los servicios de salud, aprovechando los saberes tradicionales.

  • Mejore las condiciones de las comunidades indígenas y de sus espacios para la convivencia y recreación.

  • Propicie que las mujeres indígenas puedan desarrollarse en el sector económico, mediante el apoyo de proyectos productivos.

  • Extienda la red de comunicaciones para la inclusión de las comunidades.

  • Apoye las actividades productivas y el desarrollo sustentable de las comunidades.

  • Proteja a los migrantes indígenas tanto en territorio nacional como en el extranjero, velando por sus derechos humanos.

  • Consulte a los pueblos indígenas para elaborar el Plan Nacional de Desarrollo.
Art. 2°

La Nacionalidad

El Estado mexicano está formado por su territorio, población y gobierno.

Se considera mexicano a todas las personas que nacimos en territorio mexicano o a los hijos de mexicanos.

Pero nacer en México no es la única forma de ser mexicano. La Constitución dice que si naciste en otro país, pero eres hijo de madre o padre mexicano, también eres mexicano.

Aunque también hay mexicanos por naturalización, esto quiere decir que hay personas que no nacieron en México pero que solicitan la nacionalidad mexicana y que cumplen con los requisitos que establece la Constitución.

Los extranjeros o extranjeras que se casan con mexicanos y viven en México pueden, si así lo desean, adquirir la nacionalidad mexicana.

También es mexicano el que nace en un avión o barco mexicanos aunque, en el momento de nacer, se encuentre sobre territorio o mares extranjeros.

Art. 30

La Constitución, además de reconocer nuestros derechos, nos dice también cuáles son nuestras obligaciones. Por ejemplo, los padres o tutores deben enviar a los niños a la escuela para que éstos reciban la educación básica.

También debemos pagar impuestos para que el gobierno construya escuelas, carreteras, hospitales y muchas otras cosas que necesitamos.

Además, al cumplir 18 años, los mexicanos podemos y debemos votar para elegir a nuestros gobernantes y representantes porque ya somos ciudadanos.

Votar y defender a nuestro país son, al mismo tiempo, derechos y obligaciones. Pero esos derechos se pueden suspender para las personas que están en la cárcel o para quienes huyen de la justicia.

Arts. 31, 34, 35, 36 y 38

Los Derechos Humanos Fundamentales

La Constitución, además de reconocer nuestros derechos fundamentales, nos otorga formas para protegerlos. La Constitución protegerá siempre nuestro derecho a la vida, la salud, la libertad, la educación, la igualdad entre personas, entre otros muchos derechos humanos fundamentales.

También se llaman derechos humanos y todos gozamos de ellos sin distinción de raza, sexo o nacionalidad. Estos derechos nos permiten vivir seguros y en paz con toda la gente.

Los derechos humanos también protegen a los extranjeros que viven en México.

Una de las formas que otorga la Constitución para proteger nuestros derechos fundamentales es lo que llamamos el Juicio de Amparo, que nos defiende de actos o resoluciones de autoridades que lesionan sin razón nuestros derechos.

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) es la encargada de proteger los derechos fundamentales. Cuando vamos a quejarnos, la Comisión investiga y si las autoridades resultan culpables, les recomienda que corrijan sus faltas.

Hay comisiones u organismos similares en cada una de las 32 entidades del país.

Arts. 1°, 102 B, 103, 107 y 122 G

Las Garantías Individuales

Cuando nuestros derechos humanos fundamentales son reconocidos por la Constitución, éstos se convierten en lo que llamamos garantías individuales. Por ejemplo, son garantías individuales manifestar libremente nuestras ideas y creencias o decidir dónde queremos vivir dentro del territorio mexicano.

La Constitución establece en sus primeros 29 artículos que todos los mexicanos gozamos de las garantías individuales y nos dice que ningún individuo es más importante que otro.

Las autoridades deben tratar a todas las personas por igual, sea moreno, blanco, hombre o mujer, rico o pobre, o de otra preferencia sexual.

Arts. 1°-29

La Constitución garantiza un gran espacio de libertad para cada individuo: todos podemos pensar, decir, oír, escribir o hacer lo que queremos, siempre que no dañe a los demás.

Por ejemplo, tenemos libertad de expresión.

Arts. 5°-7°

Todos las personas podemos pedir cualquier documento público a las autoridades porque tenemos derecho a la información, también podemos exigir que los periódicos, la radio y la televisión nos informen con veracidad lo que sucede en México y en el mundo. El Estado está obligado a hacer pública toda la información relacionada con sus actividades.

La Constitución también otorga libertad de reunión, lo que significa que podemos reunirnos pacíficamente en plazas y calles para expresar nuestras ideas o solicitar que las autoridades atiendan nuestras necesidades.

Pero está prohibido reunirse para planear y cometer delitos.

Arts. 6° y 9°

Otro derecho o garantía individual que tenemos es poder escoger libremente el trabajo en el que deseemos ocuparnos y recibir un pago justo.

Por eso, todos los mexicanos debemos trabajar, ya que es un derecho y un deber con la sociedad, siempre que nuestro trabajo no sea una actividad que prohíban las leyes, como robar.

También tenemos libertad de transitar por el territorio nacional.

Art. 123

Cuando tenemos algún problema que afecte nuestra vida, integridad o propiedad, tenemos el derecho o garantía individual de solicitar justicia a un juez, para que resuelva de manera pronta y eficaz nuestro problema. La Constitución prohíbe que la gente use la violencia para resolver diferencias o reclamar sus derechos.

Si tenemos problemas con alguna persona, hay que acudir a un tribunal para que un juez lo resuelva conforme a las leyes.

Nadie debe hacerse justicia por su propia mano.

Arts. 13 y 17

La Constitución impide que las autoridades realicen actos en contra de nuestras libertades. Por ejemplo, antes de encarcelar a una persona o privarlo de sus propiedades se le debe realizar un juicio ante la autoridad.

Las autoridades no te deben molestar sin motivo respaldado por las leyes vigentes; además están obligados a escucharte.

Los jueces deben impartir la justicia de manera rápida y gratuita.

Arts. 14, 16 y 17

Así como los jueces son los únicos encargados de impartir justicia, los únicos autorizados para investigar los delitos son los agentes del Ministerio Público y los policías que los auxilian.

La Constitución le reconoce derechos a los probables responsables de cometer delitos, por ejemplo, el derecho a no ser incomunicado o torturado, a guardar silencio ante el Ministerio Público. También a conocer de qué delito lo acusan y quién lo acusa. Todos los acusados tienen derecho a un abogado defensor y nadie debe ser obligado a declararse culpable.

Los probables responsables no deben ser amenazados ni sufrir maltratos al ser detenidos.

Arts. 14, 16 y 18-23

Otro derecho que nos da la Constitución es la libertad de creencias. Podemos elegir nuestra religión o no creer en ninguna. Además, la Constitución separa las actividades de las iglesias de las responsabilidades del Estado. Por eso la educación que imparte el Estado es laica.

Los ministros de los cultos tienen derecho a votar pero no a que votemos por ellos. No pueden desempeñar cargos públicos porque tendrían que decidir entre obedecer a su iglesia o al Estado.

De la misma manera, el gobierno no debe intervenir en la vida interna de las iglesias.

Arts. 24 y 130

Los Derechos Sociales

Nuestra actual Constitución, promulgada el 5 de febrero de 1917, recogió las causas sociales más importantes por las que se luchó durante la Revolución Mexicana y las transformó en garantías sociales.

La Constitución de México fue la más avanzada de su tiempo pues, entre otras cosas, fue la primera en incluir los derechos sociales.

Los derechos sociales señalan las obligaciones del Estado con grupos de individuos que necesitan protección especial: los niños, las mujeres, los pueblos indígenas, la familia, los campesinos y los trabajadores.

Arts. 2º, 4º, 5º, 27 y 123

En su artículo 3º, la Constitución establece que todos tenemos derecho a recibir educación. El Estado tiene la obligación de impartir la educación preescolar, primaria y secundaria. La educación es gratuita y laica, pues respeta las creencias religiosas.

En la escuela deben enseñarnos los descubrimientos de la ciencia, el amor a la patria y la justicia, a convivir de manera democrática y a valorar los recursos humanos, naturales y materiales con los que cuenta nuestra nación.

Arts. 3º y 24

Así como las garantías individuales protegen los derechos fundamentales del individuo, las garantías sociales protegen los derechos fundamentales de toda una colectividad.

Los niños tienen derecho a estudiar, a jugar y a desarrollarse sanos, por eso la Constitución, en el artículo 123, prohíbe que los menores de 14 años trabajen.

Arts. 3° y 123

En el artículo 27, la Constitución tomó en cuenta las causas de los campesinos que lucharon durante la Revolución. Por eso ordenó que se repartiera la tierra y permitió que los campesinos trabajaran unidos en comunidades agrarias o ejidos.

Antes de la Revolución, las tierras estaban en manos de unos cuantos que explotaban a los campesinos.

Art. 27

En el artículo 123 de la Constitución se reconoce el derecho de toda persona a un trabajo digno y en condiciones justas. Por ejemplo, ordena que se trabaje en lugares limpios y seguros; que todos reciban salario suficiente para los gastos de la familia, pago de vacaciones y aguinaldo.

La jornada máxima de trabajo es de ocho horas y hay por lo menos un día de descanso a la semana.

La Constitución otorga a los trabajadores el derecho a formar sindicatos y a realizar huelgas para defender sus intereses.

Art. 123

Ante la ley, los hombres y las mujeres somos iguales, pues debemos tener acceso a los mismos derechos y a las mismas obligaciones.

Cada persona es libre de decidir el número de hijos que desea tener, de manera informada y responsable.

Todos tenemos derecho a desarrollarnos en un medio ambiente sano.

También tenemos derecho a tener agua suficiente y limpia para nuestro consumo personal y en nuestra casa.

En cumplimiento de la Constitución, el Estado ha creado instituciones para dar la atención necesaria a la familia y, en especial, a los niños.

Los padres son los encargados de cuidar y respetar los derechos de los niños, por ejemplo: alimentarlos, curarlos de las enfermedades y comprarles la ropa.

Art. 4º

Toda persona tiene derecho a la protección de la salud.

La seguridad social sirve para dar atención médica a los enfermos y ayuda económica a las personas que no pueden trabajar porque sufrieron accidentes o porque son ancianos.

Además de los hospitales y las guarderías, existen instituciones de seguridad social que apoyan a los trabajadores para que tengan una vivienda digna.

Arts. 4° y 123

El Territorio

La Constitución se refiere a nuestro país como Estados Unidos Mexicanos porque está formado por 32 estados, que se han unido para integrar una federación. Cada estado tiene su propio un gobierno y una Constitución local que tiene que estar acorde con la Constitución General de nuestra República Mexicana, a la que se le llama Constitución Federal.

El suelo y el subsuelo abarcan la superficie de los 32 estados y todas las islas e islotes mexicanos. También abarca el suelo bajo el mar que rodea a nuestro país. Este suelo marino se llama plataforma continental.

El agua abarca los ríos, lagos, lagunas y corrientes subterráneas. También incluye a los mares que rodean a nuestras costas. Esa región se llama zona económica exclusiva, o mar patrimonial. Nuestro espacio aéreo es el que se encuentra sobre suelos y mares mexicanos.

Arts. 27, 40, 42, 43, 44, 45 y 47

El Gobierno

Nuestro gobierno se encarga de vigilar que se cumpla la Constitución, y de garantizar que todas las personas vivan seguras y libres. Con este propósito, nuestro gobierno está formado por autoridades que se encargan de dirigir, controlar y administrar las instituciones que conforman el Estado.

México ha luchado para tener un gobierno republicano, democrático, representativo y federal.

Por ejemplo, en los gobiernos republicanos, los gobernantes no desempeñan sus cargos toda la vida, sino que tienen una duración definida.

Arts. 40 y 41

Es democrático porque los ciudadanos eligen a sus gobernantes, reflejando la voluntad de la mayoría de los ciudadanos.

Nuestro gobierno es representativo porque elegimos a otras personas para que nos gobiernen y representen.

Nuestros gobernantes deben atender nuestras necesidades y resolver los problemas del país.

Arts. 34-36 y 39-41

Hay países monárquicos, es decir, que están gobernados por reyes. No los elige el pueblo, sino que heredan el trono y ejercen el poder toda su vida, si así lo quieren.

Hay otros países dominados por dictaduras, que son gobiernos impuestos por la fuerza, donde no participa el pueblo.

En las dictaduras, el pueblo no puede decir lo que piensa. Ni quejarse siquiera.

En cambio, en México decidimos entre todos lo que hay que hacer. Por eso somos un Estado democrático.

Arts. 39 y 40

México es una república federal porque está formado por estados o entidades federativas y juntos integran la federación. El gobierno de cada estado es autónomo, es decir, libre.

En cada estado se elige al gobernador y a los representantes, y cada estado tiene su propia Constitución, con leyes que se adaptan a sus necesidades.

Pero las constituciones de los estados respetan la Constitución Federal que rige al país entero.

Arts. 115, 116, 120 y 121

Los Tres Poderes

El artículo 49 de la Constitución divide al gobierno en tres poderes: el Legislativo, el Ejecutivo y el Judicial. Esta división es como un juego de balanzas que mantiene el equilibrio del poder.

Así se evita el abuso de los gobernantes, pues cada uno tiene funciones claramente delimitadas.

Entre los tres se controlan mutuamente.

El Poder Legislativo se encarga de elaborar las leyes que rigen al país.

El presidente de la República ejerce el Poder Ejecutivo y tiene que gobernar de acuerdo con lo que dicen las leyes. El Poder Judicial está encargado de vigilar que la Constitución se cumpla y de resolver los conflictos que surgen entre las personas.

Arts. 41 y 49

El Poder Legislativo Federal

La principal función del Poder Legislativo es elaborar nuevas leyes o reformar las que ya existen para que se adapten a los cambios sociales. Al Poder Legislativo de todo el país también se le llama Congreso de la Unión o Poder Legislativo Federal.

El Congreso de la Unión está integrado por dos grupos de personas: la Cámara de Diputados y la Cámara de Senadores, que se encargan de discutir y de hacer las leyes. Están formadas por 500 diputados y 128 senadores.

Las leyes federales se discuten primero en una Cámara y después se revisan en la otra. Como las leyes federales son obligatorias en todo México, participa mucha gente en su aprobación.

Arts. 50-79

Los senadores y diputados son elegidos por los ciudadanos por votación, pues son los representantes del pueblo mexicano.

Los senadores deben tener por lo menos 25 años de edad y los diputados pueden tener 21 años o más.

Los diputados y los senadores son de distintos partidos políticos, para que representen las diversas ideas, intereses y necesidades del pueblo. Todos los cargos públicos pueden ser ocupados por hombres o mujeres.

Arts. 41 y 51-60

Además de elaborar las leyes, los diputados y senadores vigilan las actividades del Poder Ejecutivo Federal. Cada año, el presidente rinde un informe por escrito al Congreso de la Unión, donde da cuenta de la situación del gobierno. Es costumbre que el presidente lo lea, y que se transmita por radio y televisión a todo el país.

Los colaboradores del presidente también rinden informes ante las Cámaras y pueden ser llamados a responder preguntas sobre los asuntos que les corresponden.

El Poder Legislativo aprueba los ingresos y los gastos del gobierno.

Arts. 65, 69, 70 y 73-79

Cuando las dos Cámaras aprueban un proyecto legislativo, lo envían al presidente para que lo publique y podamos conocer y cumplir con la nueva ley.

Arts. 71 y 72

El Poder Ejecutivo Federal

El presidente ejecuta las leyes y lo elige el pueblo. Las elecciones presidenciales se realizan cada seis años y la Constitución prohíbe la reelección.

Una persona sólo puede ser presidente una vez en su vida.

El presidente es el jefe superior del ejército, la armada y la fuerza aérea. Él puede declarar la guerra a otros países.

La Constitución dice también que se debe trabajar por la paz y luchar para que los países resuelvan pacíficamente sus problemas.

Pero para declarar la guerra necesita que el Congreso lo autorice con una ley.

Arts. 80-89

El presidente también dirige las relaciones con otros países: firma con ellos los tratados internacionales y, con la autorización del Congreso, regula las importaciones y exportaciones.

Pero la Cámara de Senadores revisa primero los tratados internacionales. Si los aprueba, se convierten en ley para todo el país.

Arts. 89 y 131

El presidente nombra a sus colaboradores más cercanos, que son los secretarios de Estado. Asimismo, puede sustituirlos en cualquier momento.

Ellos se encargan, entre otras cosas, de la salud, el turismo, la ecología, la educación, el comercio, el desarrollo social, la energía, la paz dentro del país, las comunicaciones, el campo, la recaudación de impuestos, el trabajo y las relaciones con otros países.

En cambio, hay otros nombramientos que el presidente decide con la aprobación del Senado.

Sí, como el de Procurador General de la República, los embajadores y cónsules generales, y los oficiales del ejército, la armada y la fuerza aérea, entre otros.

Arts. 89-93

El Poder Judicial Federal

El Poder Judicial de la Federación está encargado de vigilar el cumplimiento de la Constitución y las leyes.

Lo hace de dos maneras. En primer lugar, resuelve muchos problemas legales, ya sea entre personas o autoridades. También resuelve los problemas o controversias entre estados, municipios y la Federación.

El Poder Judicial siempre se basa en la ley para resolver las controversias.

En segundo lugar, el Poder Judicial Federal vigila que la Constitución sea la ley suprema y que no haya ninguna ley o norma que la contradiga. Cuando una autoridad o una ley están en contra de la Constitución, podemos ir al Poder Judicial y pedir amparo.

El amparo protege sólo al individuo que lo pide.

Además, cuando el Poder Legislativo elabora una ley que es contraria a la Constitución, un grupo de legisladores o el Procurador General de la República pueden pedirle a la Suprema Corte de Justicia que declare la inconstitucionalidad de la nueva ley, o sea, que le quite validez.

Arts. 103, 105 y 107

El Poder Judicial Federal está formado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el Tribunal Electoral, los Tribunales Colegiados y Unitarios de Circuito y los Juzgados de Distrito. También lo integra el Consejo de la Judicatura Federal que se encarga de la administración, vigilancia y disciplina de los servidores públicos que forman el Poder Judicial.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación es el máximo tribunal que existe en nuestro país y su función principal es hacer cumplir la Constitución, por eso se dice que es un Tribunal Constitucional. También resuelve los conflictos que surgen entre las autoridades municipales, estatales y federales a través de lo que se conoce como controversias constitucionales.

Los ministros y los demás jueces son independientes del presidente, de los diputados y los senadores porque forman otro Poder.

Arts. 94-101 y 105

El Federalismo

México es una república federal. Esto quiere decir que nuestro país está formado por diversas entidades federativas, que a su vez están formadas por municipios. Así como el Congreso de la Unión elabora leyes federales, el Poder Legislativo de cada entidad federativa formula leyes de aplicación exclusiva para su territorio y sus habitantes.

Todas las leyes son importantes y debemos obedecerlas, pero sus atribuciones son distintas. Las leyes federales tienen su aplicación en todo el país, como la Ley

Federal del Trabajo. Si es estatal, se aplica dentro del territorio de la entidad federativa, como son las leyes penales que hay en cada estado, sin que éstas sean contrarias a la Constitución.

Hay algunas actividades en las que es necesario que participen el gobierno federal y los gobiernos estatales, por ejemplo, la educación y el cuidado del ambiente. Así como también deberán coordinarse las policías federales, estatales y municipales para garantizar la seguridad de las personas.

Arts. 40, 115, 116 y 124

Los Gobiernos Estatales

Las entidades federativas son libres y soberanas en todo lo que se refiere a su régimen interior, es decir, en aquellos temas que sólo a ellas corresponden.

Por ejemplo, cada estado es libre y soberano para regular el matrimonio o la adopción de niños.

Otros asuntos locales son la elección de gobernadores, diputados e integrantes de los ayuntamientos; los impuestos estatales y municipales; las leyes sobre el ejercicio profesional y el uso de suelo.

Pero las leyes de los estados deben respetar la Constitución Federal.

Arts. 40 y 124

El gobierno de cada estado es republicano, representativo y popular. También se divide en tres poderes.

El gobernador ejerce el Poder Ejecutivo. Aplica las leyes del estado y gobierna durante seis años. No puede reelegirse, al igual que el presidente.

Los poderes legislativos locales tienen una sola Cámara: la de diputados.

El Poder Judicial local está formado por los tribunales que establece la constitución de cada estado.

El número de diputados depende del número de habitantes que tenga el estado.

Arts. 115-116

El Municipio

Cada estado se divide en municipios libres. En los municipios, la gente conoce de cerca a las autoridades, es decir, al ayuntamiento.

El presidente municipal, varios regidores y un síndico forman el ayuntamiento. Todos ellos son elegidos por votación popular.

Los ayuntamientos gobiernan y administran cada municipio. Pavimentan las calles, proporcionan el servicio de agua potable, de alumbrado público y de alcantarillado.

Se encargan de la recolección de basura y del transporte público; expiden reglamentos de policía y buen gobierno.

Art. 115

La Ciudad de México

La Ciudad de México es un estado de la República que tiene su organización política y administrativa.

La Ciudad de México también tiene su Jefe de Gobierno que ejerce el Poder Ejecutivo, y la Asamblea Legislativa integrada por Diputados que es el Poder Legislativo.

El Poder Judicial es el Tribunal Superior de Justicia, que son los jueces.

Art. 122

Las Responsabilidades de los Servidores Públicos

Los servidores públicos son las personas que trabajan en el gobierno y, por eso, tienen obligación de hacer con eficacia y honestidad su trabajo. Cuando no cumplen sus obligaciones deben ser castigados.

Cuando cometen una falta que perjudica gravemente a la sociedad, el Poder Legislativo les hace un juicio político.

Y si son culpables, los destituyen y ya no pueden desempeñar otro cargo público.

También pueden ser sancionados administrativamente cuando cometen una falta, o penalmente si cometen un delito.

Arts. 108-114

Las Reformas a la Constitución

Debido a la importancia que tiene la Constitución Federal, se requiere reformarla cuando los cambios sociales así lo exigen.

Su reforma sigue un procedimiento distinto a la de cualquier otra ley, ya que debe ser aprobada por las dos terceras partes de los diputados y senadores presentes que forman el Congreso de la Unión y por la mayoría de los poderes legislativos de los estados.

A este poder que modifica a la Constitución se le conoce como Poder Constituyente Permanente.

Como México se organiza gracias a lo que señala la Constitución, todo México debe participar, por eso deben discutirlo las 32 legislaturas de los estados y el Congreso de la Unión.

Art. 135

* Adaptación del texto original tomado de la publicación Conoce nuestra Constitución, autoras Ana Laura Delgado y Margarita González, © Secretaría de Educación Pública.